Por qué las causas contra Gali perviven al recorte de la justicia universal

RPRESS Madrid, 1 juno 2021.- (EFE).- Las dos causas contra el líder del Frente Polisario, Brahim Gali, han prosperado pese a la reforma que limitó la justicia universal en 2014, en un caso porque el juez consideró que el Sahara Occidental era español cuando se cometieron los hechos y en el otro porque el querellado está en España.

Ghali declarará este martes ante el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz por sendas causas, una abierta en 2012 a raíz de una querella por genocidio y torturas de una asociación referida a hechos de los años 70 y 80 del siglo pasado y la otra en 2020 por la denuncia de un activista que fue arrestado por el Frente Polisario en 2019 tras una manifestación.

La primera se dirigió contra 28 miembros del Frente Polisario por el trato que dieron en los campamentos de Tindouf (Argelia) a prisioneros de guerra y ciudadanos saharauis, especialmente a los de origen español.

Esta fue una de las pocas causas que sobrevivieron en 2014 al recorte de la justicia universal, al aplicar el entonces juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz el principio de territorialidad y afirmar que el Sahara era en ese momento territorio español, siguiendo el criterio de la Fiscalía.

El fiscal consideraba que legalmente el Sahara sigue siendo español, ya que en 1965 España, con su ingreso en la ONU, asumió que era su potencia administradora, una condición que reiteró en la ley de descolonización del Sahara de 1975.

«En definitiva España ‘de iure’, aunque no ‘de facto’, sigue siendo la potencia administradora», decía el fiscal, y hasta que finalice el periodo de la descolonización, añadía, debe actuar como tal de acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas.

Ruz siguió así con el caso y lo salvó del archivo tras la reforma, aprobada a iniciativa del PP, de la ley que permite a los jueces investigar causas que ocurren fuera de su territorio, conocida como justicia universal.

La reforma de 2014, que endureció una previa de 2009 del PSOE, limitó enormemente los casos en que eso es posible, después de la profusión de procedimientos en la Audiencia Nacional que se acogían a este principio de que, en ciertos delitos como el genocidio o las torturas, la competencia de los jueces no entiende de fronteras.

Los defensores de la justicia universal la achacaron a presiones recibidas desde países como China o Estados Unidos, que veían en España una figura incómoda por causas abiertas como una de genocidio en el Tibet y otra sobre Guantánamo y tras los procesos contra el dictador chileno Augusto Pinochet o el exmilitar argentino Adolfo Scilingo.

Tras la reforma, solo quedaron vivas en la Audiencia Nacional siete causas, dos de ellas del Sahara Occidental (la otra contra militares marroquíes).

Así, mientras que Ruz consideró que los hechos denunciados en 2012 se pueden juzgar en España porque se cometieron en territorio español, evitando así tener que recurrir a la justicia universal, el juez Pedraz afirmó en 2020 que puede investigar los de 2019 porque cumplen con lo estipulado con la ley reformada por el PP.

Según la reforma, se pueden investigar delitos de tortura cometidos fuera del país si la víctima es española y el autor se encuentra en España, cosa que se cumple en este caso.

La querella la interpuso un activista español de origen saharaui, Fadel Mihdi Breica, que se querelló contra Gali y otros miembros del Polisario por presuntas torturas sufridas en los campamentos polisarios de Tinduf en 2019 por parte de militares. Pide investigar delitos de detención ilegal, torturas y lesa humanidad. EFE

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